Todo contable que se precie debe tener en su despacho el Plan General de Contabilidad (PGC), o al menos es lo que se suele decir. Todo contable que se precie debe tener en su despacho el Plan General de Contabilidad (PGC), o al menos es lo que se suele decir.
El vigente es el aprobado por el Real Decreto 1514/2007, en vigor desde el 1 de enero de 2008: no se ha aprobado un plan nuevo, sino que el de 2007 se ha ido reformando, y la reforma más amplia fue la del Real Decreto 1/2021. Las pymes pueden aplicar en su lugar el PGC de Pymes. Si lo que buscas es el listado de cuentas, lo tienes en nuestra guía del Plan General de Cuentas.
¿Qué es el Plan General Contable?
Es la norma que recoge los principios y las reglas de contabilidad que deben aplicar las empresas españolas, para que sus cuentas anuales muestren la imagen fiel de su patrimonio, de su situación financiera y de sus resultados. Su nombre oficial es Plan General de Contabilidad; “Plan General Contable” y “PGC” son las formas más habituales de llamarlo.
El primer PGC se aprobó en 1973 y era de aplicación voluntaria. Lo sustituyeron el plan de 1990 y, después, el vigente, de 2007.

¿Quién elabora el Plan General de Contabilidad?
El organismo que lo elabora es el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), un organismo autónomo del Gobierno de España. El ICAC prepara los proyectos, pero el PGC lo aprueba el Gobierno mediante real decreto, igual que sus modificaciones. Las adaptaciones sectoriales se aprueban por orden ministerial, a propuesta del ICAC.
Además, el ICAC dicta resoluciones de obligado cumplimiento que desarrollan el PGC y responde a las consultas sobre su interpretación, que publica en su boletín. Si tienes una duda sobre cómo contabilizar una operación concreta, merece la pena buscarla en las consultas del BOICAC.
¿Para qué sirve el Plan General Contable?
El fin del documento es definir los criterios homogéneos, para valorar, realizar y presentar las cuentas anuales de las empresas en España, así como otras operaciones comerciales y financieras.
En otras palabras, el PGC busca:
- Garantizar el cumplimiento de la normativa.
- Facilitar la comparación entre sociedades.
- Servir de ayuda para analizar las actividades empresariales y su evolución.
- Permitir detectar errores y posibles riesgos.
- Mejorar el control de los indicadores financieros.
- Apoyar la toma de decisiones económicas de una empresa.

Características del Plan General Contable de España
Es una norma de obligado cumplimiento en toda España y tiene una serie de características propias:
- Abierto a modificaciones: Se actualiza cuando cambian las normas mercantiles o los criterios contables internacionales a los que se adapta, como ocurrió en 2021 con los instrumentos financieros y el reconocimiento de ingresos.
- Basado en principios: se sustenta en los principios contables que toda empresa española debe seguir para informar sobre su situación económica, ofreciendo una imagen fiel de su patrimonio.
- Distingue los distintos tipos de empresas: reconoce que las pymes y las microempresas tienen necesidades contables distintas, y por eso existe un PGC de Pymes con criterios simplificados.
- Flexibilidad: Establece un modelo que se adapta a la creación y organización del cuadro de cuentas, para que cada entidad lo pueda ajustar a sus particularidades.
¿Quién está obligado a aplicar el Plan General Contable?
El PGC es de aplicación obligatoria para todas las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, individual o societaria. Hay tres matices:
- Las empresas que cumplen los requisitos de tamaño pueden aplicar en su lugar el PGC de Pymes.
- Las entidades financieras tienen su propia normativa contable.
- Entre los autónomos, solo quienes desarrollan actividades mercantiles en estimación directa normal llevan una contabilidad ajustada al Código de Comercio y al PGC. Los demás llevan los libros registro que exige el IRPF en su régimen. Si dudas de cuál es tu caso, repasa las diferencias entre estimación directa y estimación objetiva.
Diferencias entre el PGC y el PGC de Pymes
El PGC de Pymes (Real Decreto 1515/2007) es una versión simplificada del plan general. Pueden aplicarlo, de forma voluntaria, las empresas que durante dos ejercicios consecutivos no superen, al cierre de cada uno, al menos dos de estos tres límites:
| Límite | PGC de Pymes | Criterios de microempresas |
| Total del activo | 4 millones de euros | 1 millón de euros |
| Cifra anual de negocios | 8 millones de euros | 2 millones de euros |
| Número medio de trabajadores | 50 | 10 |
Las microempresas que aplican el PGC de Pymes pueden usar, además, criterios simplificados para los arrendamientos financieros y el impuesto sobre beneficios. Las principales diferencias con el plan general son estas:
- Tiene 22 normas de registro y valoración en lugar de 23, y suprime algunas, como las de fondo de comercio, coberturas contables o combinaciones de negocios.
- Su cuadro de cuentas llega hasta el grupo 7: no incluye los grupos 8 y 9.
- Sus cuentas anuales son el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria. El estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo son voluntarios.
- No pueden aplicarlo, aunque cumplan los límites, las entidades de interés público, las que formen parte de un grupo que formule cuentas consolidadas, las que tengan una moneda funcional distinta del euro ni las entidades financieras que captan fondos del público.
La elección de uno u otro plan debe mantenerse al menos tres ejercicios. Lo desarrollamos en nuestro artículo sobre el PGC de Pymes.
¿Hay un nuevo Plan General Contable?
No. El PGC vigente sigue siendo el de 2007. Su reforma más amplia llegó con el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, aplicable a los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2021. Modificó el PGC, el PGC de Pymes, las normas para formular cuentas anuales consolidadas y las normas de adaptación a las entidades sin fines lucrativos.
Después solo se ha añadido, en diciembre de 2024, una disposición sobre los impuestos diferidos del impuesto complementario mínimo global, que afecta únicamente a los grandes grupos y no cambia nada para una pyme.

¿Qué cambió con la reforma de 2021?
La reforma de 2021 introdujo estos cambios:
- Nueva definición del valor razonable, alineada con la norma internacional: el precio que se recibiría por vender un activo o se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes del mercado, en la fecha de valoración.
- Reducción de las categorías de activos financieros, pasando de seis a cuatro, así como las categorías de pasivos financieros que pasarán de tres a dos.
- Los ingresos se reconocen cuando se transmite el control de los bienes o servicios comprometidos con el cliente, y por el importe que se espera recibir.
- Como regla general, los activos financieros se valoran a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias, salvo las inversiones en empresas del grupo, multigrupo y asociadas y los activos con características de préstamo ordinario, siempre que se gestionen con un determinado modelo de negocio.
- La cartera de activos financieros disponibles para la venta cambia de nombre y pasa a llamarse activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto.”
- Introducción de modificaciones con respecto a los instrumentos financieros híbridos, con el fin de simplificar su tratamiento contable.
- Cambios en la regulación de las coberturas contables, cambiando los criterios para aplicarse con el objetivo de obtener una mayor flexibilidad en los requisitos a cumplir.
- Inclusión, como método de valoración, del valor razonable menos costes de venta como excepción a la regla general de valoración de existencias. Esto solo será aplicable cuando las operaciones estén realizadas por intermediarios que comercialicen materias primas cotizadas.
Cambios y novedades para Pymes
El Real Decreto también modificó el PGC de Pymes, pero mantuvo sus criterios simplificados: no trasladó a las pymes los nuevos criterios sobre instrumentos financieros ni sobre reconocimiento de ingresos. Los cambios fueron menores:
- Una mejora técnica en la regulación del valor razonable.
- El criterio para contabilizar la aplicación del resultado en el socio.
- La presentación de las emisiones de capital y la norma de elaboración de la memoria.
¿Cuáles son las partes del Plan General Contable?
El PGC se divide en cinco partes, precedidas de una introducción. Las tres primeras son de obligado cumplimiento; el cuadro de cuentas y las definiciones y relaciones contables solo obligan en lo que contengan criterios de registro o valoración. El PGC de Pymes tiene la misma estructura.
1. Marco conceptual de la contabilidad
Podría decirse que es una de las partes más importantes de la estructura del Plan General de Contabilidad, ya que establece sus bases y recoge los conceptos fundamentales de la actividad contable de una empresa.
En este apartado se especifican:
- Las cuentas anuales y la imagen fiel.
- Los requisitos de la información: relevante y fiable.
- Los principios contables, como el de empresa en funcionamiento o el de devengo.
- Los elementos de las cuentas anuales.
- Los criterios de registro.
- Los criterios de valoración.
2. Normas de registro y valoración
Son 23 normas (22 en el PGC de Pymes) que desarrollan el marco conceptual y explican cómo se registra y valora cada tipo de operación: el inmovilizado, los instrumentos financieros, las existencias, los ingresos o las provisiones, entre otras.

3. Cuentas anuales
Es la última parte de obligatorio cumplimiento. Recoge las normas para elaborar las cuentas anuales y sus modelos, normales y abreviados. Las cuentas anuales están formadas por el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y la memoria; los dos estados no son obligatorios para quien puede formular balance abreviado.
Se elaboran una vez al año, y los administradores deben formularlas en un plazo máximo de tres meses desde el cierre del ejercicio. Después, las sociedades las depositan en el Registro Mercantil. Tienes el detalle de documentos y plazos en nuestra guía sobre qué son las cuentas anuales.
4. Cuadro de cuentas
Es el listado de grupos, subgrupos y cuentas codificados que pueden usarse en la contabilidad de una empresa. No es obligatorio en cuanto a la numeración y el nombre de las cuentas, pero sí en lo que contenga criterios de registro o valoración, y es la referencia obligada para las partidas de las cuentas anuales.
Las cuentas están organizadas en grupos y subgrupos, según su naturaleza o los hechos económicos de la información contable a registrar.
Si quieres profundizar en cómo se organiza este listado y cómo puede adaptarse a la contabilidad de una empresa, puedes consultar nuestra guía sobre el Plan General de Cuentas.
Los grupos del cuadro de cuentas del Plan General Contable
En total hay 9 grupos, divididos según su relación:
Cuentas de balance
- Grupo 1. Financiación básica: Recoge los recursos propios y la financiación ajena a largo plazo.
- Grupo 2. Activo no corriente: Agrupan los elementos que van destinados a servir a la actividad de una empresa durante un largo periodo de tiempo, en otras palabras, los activos que no son consumidos en un ejercicio económico.
- Grupo 3. Existencias: Activos que la empresa tiene para venderlos en el curso normal de su actividad, que están en proceso de producción o que va a consumir en la producción o en la prestación de servicios.
- Grupo 4. Acreedores y Deudores por operaciones comerciales: Tal y como indica su nombre, recoge los derechos de cobro y obligaciones de pago por operaciones de tráfico.
- Grupo 5. Cuentas financieras: Instrumentos financieros por operaciones ajenas al tráfico con vencimiento no superior a un año, y medios líquidos disponibles, como la caja y los bancos.
Cuentas de pérdidas y ganancias
- Grupo 6. Cuentas de Compras y Gastos: En ellas se reflejan las operaciones de compra y gasto que ha realizado la empresa durante su actividad comercial.
- Grupo 7. Cuentas de Ventas e Ingresos: Se encuentran las cuentas de ventas y prestación de servicios, así como los ingresos de carácter financieros.
Gastos e ingresos imputados al patrimonio neto
No existen en el PGC de Pymes, cuyo cuadro de cuentas llega hasta el grupo 7. Los usa cualquier empresa que aplique el PGC normal, sea cual sea su tamaño.
- Grupo 8. Gastos imputados al patrimonio neto: Recoge, entre otros, las pérdidas de los activos financieros valorados a valor razonable con cambios en el patrimonio neto.
- Grupo 9. Ingresos imputados al patrimonio neto: Recoge, entre otros, los beneficios de esos mismos activos.
Si quieres ver cómo se usan estas cuentas en la práctica, tienes ejemplos resueltos en nuestro artículo sobre qué es un asiento contable.
5. Definiciones y relaciones contables
Es la última parte del PGC. Explica el contenido de cada cuenta y los principales motivos de cargo y abono, es decir, cuándo se anota en el debe y cuándo en el haber. No es de aplicación obligatoria, salvo en lo que contenga criterios de registro o valoración.
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Conocer el PGC es imprescindible, pero aplicarlo asiento a asiento consume tiempo: elegir la cuenta, cuadrar el debe y el haber, y llegar al cierre con las cuentas anuales en el modelo que corresponde.
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Preguntas frecuentes sobre el Plan General Contable
¿Qué diferencia hay entre el Plan General Contable y el plan general de cuentas?
El Plan General Contable es la norma completa, con sus cinco partes. El llamado”plan general de cuentas” es el cuadro de cuentas, que es solo su cuarta parte: el listado codificado de grupos, subgrupos y cuentas.
¿Qué norma regula los cambios en criterios contables, errores y estimaciones?
La norma de registro y valoración 21.ª del PGC de Pymes y la 22.ª del PGC. Los cambios de criterio y la corrección de errores se aplican de forma retroactiva; los cambios de estimación, como la vida útil de un activo, de forma prospectiva.
¿Dónde regula el PGC las provisiones?
En la norma de registro y valoración 15.ª del PGC, que en el PGC de Pymes es la 17.ª. Se registran como provisiones las obligaciones cuyo importe o fecha de cancelación es incierto, ya nazcan de una ley, de un contrato o de una obligación implícita.
¿Un autónomo tiene que aplicar el Plan General Contable?
Solo si desarrolla una actividad mercantil en estimación directa normal. El resto de autónomos, como los de estimación directa simplificada, los profesionales o los de módulos, no llevan contabilidad conforme al PGC, sino los libros registro que exige el IRPF en su régimen.
Fuentes:
- BOE: Real Decreto 1514/2007, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad (texto consolidado). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-19884
- BOE: Real Decreto 1/2021, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad y otra normativa contable. https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/01/12/1/con